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Cuando los patinetes eléctricos empezaron a verse por las ciudades no existía una normativa que velara por la seguridad de todos los ciudadanos; por lo que, ante su incremento, hubo que catalogar los patinetes eléctricos como vehículos y elaborar un marco regulatorio para estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
En este contexto, la nueva Ley de Tráfico estableció que los usuarios de VMP no pudieran circular a bordo de un VMP por zonas peatonales, superar los 25 kilómetros por hora de velocidad y cumplieran con las normas de circulación como el resto de vehículos pudiendo, por ejemplo, ser sometidos a pruebas de alcoholemia.
Por otro lado, se está trabajando en la creación de un certificado de circulación para utilizar los VMP, que acreditará que el patinete cumple con los requisitos técnicos exigibles por la normativa. Por ello, a partir de 2024, los VMP tendrán que hacer frente a diversas revisiones. Aunque no se trate de una ITV como a la que tienen que hacer frente los coches, sí obligará a todas las marcas a que todos sus modelos dispongan de un certificado que acredite ciertas condiciones a nivel técnico. No obstante, habrá una moratoria para permitir que sigan circulando hasta enero de 2027 todos aquellos patinetes eléctricos y otros VMP no certificados.