El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que las bibliotecas de acceso público pueden digitalizar sus libros y ponerlos a disposición en los puntos de lectura electrónica, sin el consentimiento previo del titular de los derechos de autor.
Así lo ha dictaminado en el caso que enfrentaba a la Universidad Técnica de Darmstadt y a la editorial alemana Eugen Ulmer, que se opuso a que el centro educativo pusiera a disposición de sus usuarios en los puntos de lectura electrónicos uno de sus libros.
Aunque el TJUE reconoce que, en virtud de la Directiva europea de Derechos de autor, los autores tienen el derecho exclusivo de autorizar o prohibir la reproducción y comunicación de sus obras, también permite excepciones o limitaciones a ese derecho. De hecho, en el fallo se indica:
Las bibliotecas de acceso público pueden, con fines de investigación o de estudio personal, poner las obras de sus colecciones a disposición de los usuarios a través de terminales dedicadas.
Sin embargo, que se permita leer de forma privada una obra no quiere decir que ésta pueda copiarse. Es por ello que el Tribunal también ha señalado que las bibliotecas no pueden permitir que sus usuarios usen sus terminales para imprimir o copiar en una unidad de almacenamiento externo uno de sus libros digitalizados.